En Colombia, el dominio de un bien inmueble puede adquirirse de acuerdo con las disposiciones del Código Civil Colombiano y otras normas complementarias. Las formas principales para adquirir el dominio de un bien inmueble son las siguientes:
Por tradición
Es la forma más común y ocurre cuando el propietario actual transfiere el dominio del bien inmueble a otra persona mediante un acto jurídico válido.
En el caso de bienes inmuebles, la tradición se perfecciona con la inscripción de la escritura pública en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.
Por prescripción adquisitiva
Prescripción ordinaria: Requiere posesión regular, continua, pública y pacífica del inmueble por un plazo de 10 años. La posesión debe basarse en un título y buena fe.
Prescripción extraordinaria: Requiere posesión continua, pública y pacífica, sin necesidad de título ni buena fe, por un plazo de 20 años.
Por ocupación
Aplica en casos excepcionales cuando el bien inmueble carece de dueño (res nullius o derelictos) y alguien lo ocupa con ánimo de dueño. Sin embargo, este supuesto es poco común para bienes inmuebles.
Por accesión
Cuando el inmueble aumenta de tamaño o valor debido a mejoras, construcciones o adiciones naturales que pasan a ser propiedad del dueño del terreno, salvo prueba en contrario.
Por adjudicación
Surge como resultado de procesos legales o administrativos, tales como:
- Procesos judiciales: Como la partición de bienes en una herencia.
- Adjudicaciones administrativas: Ejemplo, tierras baldías adjudicadas por el Estado a particulares.
Por sucesión por causa de muerte
Cuando una persona hereda un bien inmueble de acuerdo con las disposiciones testamentarias o de la ley. Para que la adquisición sea efectiva, es necesario que el bien sea adjudicado mediante escritura pública e inscrito en el registro correspondiente.
Por ley
Existen casos específicos donde la ley confiere dominio, como en procesos de saneamiento de títulos de propiedad en zonas rurales.
Cada uno de estos métodos tiene requisitos específicos establecidos por la ley, y en la mayoría de los casos, la inscripción en el registro de instrumentos públicos es un paso esencial para perfeccionar la adquisición del dominio.